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ESTUDIO CONTABLEDAXEN
Tributario3 min de lectura

Cronograma de vencimientos SUNAT: cómo organizarte para no pagar una sola multa

El último dígito de tu RUC decide tu fecha de vencimiento cada mes. Te explicamos cómo leer el cronograma, qué pasa si te atrasas y cómo montar un sistema simple para no fallar nunca.

La mayoría de las multas que vemos en el estudio no vienen de errores contables complicados. Vienen de algo mucho más simple: alguien se olvidó de la fecha.

SUNAT publica cada año, mediante resolución de superintendencia, el cronograma de vencimientos para las obligaciones mensuales. Ese cronograma no es igual para todos: la fecha que te toca depende del último dígito de tu RUC.

Cómo se lee el cronograma

El cuadro que publica SUNAT tiene una fila por cada periodo tributario (enero, febrero, marzo…) y una columna por cada último dígito de RUC, del 0 al 9. Para saber tu fecha:

  1. Ubica la fila del mes que vas a declarar. Ojo: el periodo de enero se declara en febrero, el de febrero en marzo, y así.
  2. Busca la columna que corresponde al último dígito de tu RUC.
  3. Esa celda es tu fecha máxima. Si cae domingo o feriado, se corre al siguiente día hábil.

Los buenos contribuyentes y las unidades ejecutoras del sector público tienen columnas aparte, con fechas normalmente posteriores.

Qué obligaciones entran en ese cronograma

  • Declaración mensual de IGV y renta (Declara Fácil 621).
  • PLAME y el pago de aportes de tus trabajadores.
  • Libros electrónicos, según el calendario que corresponda a tu tipo de libro.
  • Pagos a cuenta del impuesto a la renta.

La renta anual y el ITAN tienen cronogramas propios, publicados en resoluciones distintas.

Qué pasa si te pasas de la fecha

Hay dos consecuencias que conviene no confundir:

La multa por no declarar a tiempo. Es una infracción formal, tipificada en el Código Tributario. Su monto se calcula sobre la UIT vigente, y baja de manera importante si la subsanas de forma voluntaria, antes de que SUNAT te notifique. A esto se le llama régimen de gradualidad.

Los intereses moratorios. Si además tenías impuesto por pagar, corre un interés diario sobre la deuda desde el día siguiente al vencimiento hasta que pagues.

La regla práctica es simple: declarar siempre, aunque no puedas pagar. La multa por no declarar es evitable; los intereses por no pagar se negocian con un fraccionamiento.

Un sistema de tres pasos que sí funciona

En los clientes que no fallan nunca, el esquema se repite:

  1. Fecha de corte interna, no la de SUNAT. Si tu vencimiento es el 18, tu fecha interna de cierre es el 8. Diez días de colchón absorben cualquier imprevisto.
  2. Un solo responsable de entregar la información. Una persona con nombre, no "el área". Esa persona sabe qué falta y a quién perseguir.
  3. Revisión previa del monto a pagar. Nada peor que enterarte del importe el mismo día del vencimiento y descubrir que no tienes caja. Con la declaración lista una semana antes, hay tiempo de mover el flujo.

Lo que hacemos nosotros

A nuestros clientes les avisamos su fecha con anticipación, con el detalle de qué documentos faltan y cuánto sería el pago estimado. La declaración se prepara días antes del vencimiento, no la víspera.

Si hoy vives declarando el último día, o si ya tienes multas acumuladas, conversemos: en el diagnóstico gratuito revisamos tu situación en SUNAT y te decimos con números qué contingencia tienes encima y cómo reducirla.

Publicado por Estudio Contable Daxen · Ver todos los artículos